Comienzan los trámites para el reconocimiento de las ya antiguas titulaciones de la FAM y a partir de ya, se podrán actualizar nuestras titulaciones por las oficiales,reguladas según los RDs 1913/1997 y 318/2000 del MECD.
Existen tres posibilidades de reconocimiento, estas son la homologación, equivalencia o convalidación, pero el Consejo Superior de Deportes (Real Decreto 1 de Abril de 2004, pag. 13879) sólo reconoce a la FAM la Equivalencia y la Convalidación. Vamos a ver esto más detenidamente,
1-DIPLOMAS
Técnico Deportivo en Montaña. Nivel 1
Instructor de Escalada en Roca
Instructor de Esquí de Montaña
Instructor de Alpinismo
Estos diplomas podrán optar:
a) A la Equivalencia a efectos profesionales que correspondería al Certificado de superación del Primer Nivel en Montaña (Técnico Deportivo en Montañismo Nivel) cuando no se acredite el requisito académico mínimo exigible; es decir cuando el instructor ó técnico sólo posea la titulación de Graduado Escolar o el Certificado de Escolaridad. Hay que tener claro que esta equivalencia no corresponde a ningún tipo de especialidad (Roca, Esquí, Alpinismo) sino a Técnico Deportivo en Montañismo Nivel I.
b) A la Convalidación del Primer Nivel en Montaña de las siguientes partes:
Pruebas específicas de acceso a la enseñanza de Técnico Deportivo
Todo el Bloque Común menos las asignaturas: Entrenamiento deportivo y Primeros auxilios e higiene en el deporte
Todo el Bloque específico
El Bloque complementario
El Bloque de Formación Práctica
Es necesario para acceder a la convalidación poseer la titulación académica de:
Graduado en Educación Secundaria, II de BUP, FP I, Prueba de madurez ó titulación equivalente o superior. Es requisito imprescindible matricularse en un centro para completar la enseñanza (sólo se haría de dos asignaturas).
Atención con los Técnicos Deportivos de las tres promociones que se han realizado en Andalucía así como cualquier Técnico que haya efectuado sus estudios en el periodo transitorio, puesto que es necesario realizar este proceso de convalidación para que su titulación sea válida.
Al igual que en el caso anterior la convalidación no nos da acceso a ninguna especialidad si no a completar la formación de Técnico Deportivo en Montañismo Nivel I.
2-DIPLOMAS
Profesor de Esquí de Montaña
Profesor de Alpinismo
Profesor de Escalada en Roca
Estos diplomas dan accesos:
A la Equivalencia a efectos profesionales al título de Técnico Deportivo en alta Montaña (diplomas de Profesor de Esquí de Montaña y de Alpinismo) y Técnico Deportivo en Escalada (diploma de Profesor en Escalada). El requisito académico exigido es igual que en la Equivalencia anterior.
Los pasos que han de seguir lo interesados son los siguientes:
En el caso del Anexo IV corresponde al Certificado acreditativo de formación deportiva, que será íntegramente realizado por la EAAM siempre que los deportistas hallan realizado su formación con este comité.
El Anexo V corresponde al Certificado de Prácticas que será cumplimentado por la Escuela cuando el interesado halla participado en actividades oficiales y además tiene que constar en nuestros archivos. Si las actividades o prácticas han sido realizadas con otras actividades (clubes, asociaciones, empresas...) serán estas las que tienen que certificarlas.En este apartado (Anexo V) también se podrá incluir periodos de dirección de la FAM, derechos de la EAAM, delegaciones provinciales de la FAM, cargos con empresas privadas relacionadas con nuestra actividad o cualquier otra colaboración que sea digna de mención. Es importante tener en cuenta que para los títulos federativos “antiguos” (instructor, monitor y profesor) las prácticas o actividades sólo serán válidas si se han efectuado con anterioridad a 1999 (orden 5 de julio e 1999) y con posterioridad a los obtenidos del título de monitor, instructor o profesor, a excepción de los Técnicos Deportivos de la última convocatoria que se celebró en el año 2001.
Una vez rellenados los impresos que corresponden serán enviados a la Escuela Andaluza de Alta Montaña (C/ Lope de Rueda, 79 Edificio Multicentro,S-2629190 – Puerto de la Torre-Málaga
Cumplimentado los datos que corresponda a la EAAM se les enviará a los interesados el/ los impreso/ s junto con el “Certificado de prácticas y el “Certificado de Acreditación de formación deportiva así como dijimos antes en las prácticas y la formación se hayan realizado en la Escuela.
Con toda esta documentación y la que se solicita en los impresos (fotocopia compulsada, DNI...) tendréis que enviarlo al Consejo Superior de Deportes en un plazo no superior a 40 días ,nos contestarán de forma individual.
TODO ESTE PROCESO SE INICIARÁ A INICIATIVA DEL INTERESADO Y SE TRAMITARÁ DE FORMA INDIVIDUAL.
(Estos trámites querealizará la EAAM, le supondrán al interesado la cantidad de 10,00 €, que deberá ingresar en el nº de Caja de Granada: 20310000010116570504 indicando:nombre y apellidos y en el concepto: Tramitación EAAM (dependiendo de si solicita la Equivalencia ó Convalidación ó por el contrario las dos).